En el BOE del pasado 18 de marzo se publicó el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, que se suman a las medidas ya aprobadas del RD 463/2020, del 14 de marzo, en el que se declaró el estado de alarma en nuestro país.
Esta norma entró en vigor el mismo miércoles, y las medidas contenidas continuarán vigentes durante un mes, aunque podrán ser prorrogadas, salvo que la propia norma haya dado otro plazo de vigencia en cuyo caso aplica éste.
Randstad destaca los puntos clave que la empresa tendrá que tener en cuenta a nivel socio laboral.