Obligatoriedad del Plan de Igualdad para todas las empresas de más de 50 personas trabajadoras

martes, 8 de marzo de 2022

Desde el 7 de marzo

El pasado 7 de marzo ha fianlizado el plazo para la realización, y comunicación formal a las autoridades, de un plan de igualdad y prevención del acoso para aquellas entidades de más de 50 personas trabajadoras. El 14 de enero, finalizó el plazo introducido por el Real Decreto 901/2020 para la adaptación de los Planes de Igualdad vigentes a esa fecha para las empresas de más de 100 personas trabajadoras. La complejidad que entrañan estos procesos, en particular el relativo a la ejecución de la Auditoría retributiva, y el tiempo de dedicación que requiere la extracción y análisis de datos y la negociación del Plan, está dificultando el cumplimiento de los plazos exigidos por parte de muchas empresas.
Sigue, no obstante, pendiente la publicación de las herramientas anunciadas por el RD 902/2020 para la elaboración de la Auditoría Retributiva (Herramienta de valoración de puestos de trabajo y Guía para la Auditoría Retributiva). Mientras, las empresas resuelven su ejecución a través de herramientas y metodologías ya introducidas en el mercado y que permiten realizar estas Auditorías con perspectiva de género, de conformidad con lo establecido en el RD 902/2020.

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