Para aceder al Kit Digital es necesario que la empresa el agente digitalizador -es decir, la empresa que realizará el servicio– firmen un Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización. Éste es un documento específico en el que se deberán detallar todos los aspectos de la operación. Dicho acuerdo deberá ser enviado a la Administración en un plazo máximo seis meses posteriores a la concesión de la ayuda. Su presentación será fundamental para poder cobrar este bono digital.
Los negocios pueden optar hasta 12.000 euros por la concesión de estas ayudas a la digitalización (el importe de la subvención varía en función del tamaño de la empresa). No obstante, las personas responsables de la actividad no reciben en su cuenta bancaria el importe concedido, si no que reciben un bono digital que, para hacerse efectivo, deberá ser la empresa o agente digitalizador que realice el servicio, el que justifique ese gasto. Para ello, previamente debe firmarse un acuerdo que debe cumplir con una serie de características.